Diferencias entre herencias testadas o herencias abintestato o intestadas

Diferencias entre herencias testadas o herencias abintestato o intestadas
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La herencia hace referencia al proceso a través del cual, el patrimonio perteneciente a una persona, denominada causante, es traspasado a otra por motivo del fallecimiento del causante.

Cómo saber si una herencia es testada o intestada y sus diferencias

Ahora bien, existen herencias testadas y herencias intestadas o abintestato y para conocer bien en que consiste cada una y cuáles son sus diferencias, te invitamos a continuar leyendo este post.

Para comenzar, es necesario partir de dos documentos previos que resultan esenciales, los mismos son:

  • Certificado de defunción: El cual es entregado por el Registro Civil del municipio donde tuvo lugar la muerte del causante.
  • Certificado de Actos de Última Voluntad: El cual es emitido por el Ministerio de Justicia, previa solicitud.

Una vez que se cuente con el certificado de Actos de Última Voluntad, es posible conocer si el causante ha otorgado testamento.

Cuando lo haya hecho, la herencia será testada, mientras que en caso contrario, la herencia será intestada. Ahora bien, a continuación te explicamos en que consiste cada tipo de herencia. Si se tienen dudas sobre el proceso o la diferencia entre los diferentes tipos de herencias, siempre es recomendable acudir a un Abogado especialista en Herencias.

Herencia testada

  • Destaca debido a que en alguna ocasión a lo largo de su vida el fallecido, denominado causante, realizó testamento frente al notario o mediante alguno de los medios admitidos a derecho, estableciendo así su voluntad acerca de las premisas que tendrían que regir su  sucesión, es decir, quién heredará su patrimonio, cómo lo hará, las condiciones y cantidades, etc.
  • Cualquier persona, sea o no familiar, podría ser nombrada como heredero, aunque es preciso tener en cuenta que el testador no tendrá la oportunidad de disponer de una parte de la herencia debido a que por ley, una parte tendrá que ser destinada siempre a ciertas personas, las cuales se denominan como legitimarios o “herederos forzosos”.
  • Sin embargo, será igualmente posible desheredar a alguna persona no querida si se presentan determinadas circunstancias excepcionales establecidas dentro de la Ley.
  • En caso de que el testamento se declare nulo al no cumplirse los requisitos legales correspondientes, entonces la sucesión se abrirá vía intestada.

Herencia ab intestato o intestada

  • Se presenta en aquellas ocasiones donde el causante jamás otorgó un testamento, o cuando pese a haberlo otorgado, se considera que el mismo es invalido o nulo.
  • Cuando esto ocurre, es preciso recurrir a la legislación que se encuentra vigente con el fin de conocer quiénes son las personas que se encuentran llamadas a la herencia y descubrir el orden de sucesión que debe seguirse.
  • De igual manera, es esencial tomar en consideración que al heredar del causante, no solo se heredan los bienes y derechos, sino también sus obligaciones.
  • Por lo que al momento de aceptar la herencia, el beneficiario se convierte en propietario de todo el patrimonio dejado por el causante, igualmente, asumiendo la obligación que supone pagar cada una de las deudas que fueron contraídas por el difunto antes de su muerte.
  • Cabe mencionar asimismo, que contrario de la herencia testada donde a través del testamento es posible proceder directamente a aceptar la herencia, cuando se trata de una herencia intestada o abintestato, es preciso que antes de aceptarla, se lleve a cabo una declaración de herederos, la cual debe ser judicial o notarial, dependiendo del grado de parentesco que exista entre los herederos y el causante.
  • En el momento en que se tenga el testamento, al saber qué personas son las herederas de acuerdo a la ley y se cuente además con la correspondiente declaración de herederos ab intestato, resulta preciso dirigirse al Notario con el fin de aceptar la herencia.
  • Una vez en la Notaría, se llevará a cabo la redacción de un documento de aceptación de herencia, dentro del cual serán detallados y valorados cada uno de los bienes habidos dentro del caudal relicto, al igual que su distribución y adjudicación.

¿Qué diferencias hay entre una herencia testada y una intestada?

  • Independientemente si una herencia cuenta con testamento o no, supone una variedad de consecuencias para los beneficiarios, no solo en cuanto al orden en el cual será repartida la misma, sino también en relación a la cuantía de la herencia.
  • Como ya mencionamos, la herencia testada hace referencia a aquellos casos donde el causante dejó testamento en el que hace constar su voluntad.
  • El causante a través de dicho testamento establece el destino de sus bienes una vez que fallezca.
  • De esta forma, modifica de cierto modo lo predeterminado dentro de la Ley, ya que aparte de los señalados por la Ley, podrá nombrar otros herederos.
  • No obstante, existen numerosos casos donde las personas fallecen y por una u otra razón, no otorgan ningún testamento escrito.
  • En este caso, como ya señalamos, se trataría de una herencia intestada, igualmente conocida como sucesión ab intestato.
  • Por lo que es la Ley la que se encarga de designar, por defecto, quiénes son los herederos del patrimonio dejado por el causante, razón por la cual se les conoce como herederos legales o forzosos.

La mayor diferencia entre ambas, consiste en que en caso de una herencia “ab intestato”, al momento de designar a los herederos legales, el trámite será considerablemente más complicado de realizar, dado que al no encontrarse recogidos dentro de un testamento será necesario buscarlos, además de realizar la declaración de herederos a través del notario.

 

 

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